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Tomás Gómez Luría
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Es cada vez más frecuente que los profesionales evolucionen sus carreras pasando del trabajo por salarios al ejercicio autónomo.  Sin embargo, el reto para los profesionales independientes es conservar los beneficios sociales que usualmente provee un trabajo por salarios.  Especialmente los beneficios de retiro.

Nueva modalidad para profesionales independientes

Hasta la administración federal anterior no era posible que los profesionales independientes se aseguraran en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social). Y esto llevaba en algunos casos a la simulación, al asegurarse a través de terceros.  Situación que es considerada una infracción por el seguro social.

En 2021 el IMSS arrancó un programa piloto para trabajadores independientes que permitía el aseguramiento de pleno derecho en el IMSS. A partir de 2023 el programa piloto pasó a ser parte de la ley del seguro social vigente.  Este cambio permite que los trabajadores que ejerzan de forma independiente puedan asegurarse en el IMSS de forma integral (seguro médico, invalidez, vida y retiro).

A partir de esta reforma los profesionales independientes pueden continuar acumulando derechos de pensión sin interrupción, además de los beneficios del seguro médico, invalidez, etc.

Alternativa a la modalidad 40

Esto es más importante de lo que parece a simple vista, pues hasta ahora un número importante de profesionales independientes no cuentan con beneficios de jubilación debido a que interrumpieron sus cotizaciones al seguro social al terminar su etapa de trabajo por salarios y no optaron oportunamente por la modalidad de continuación voluntaria del seguro social. Hay que tener en cuanta que la continuación voluntaria, usualmente conocida como modalidad 40, es un derecho que prescribe a los cinco años a partir de la baja en el seguro social de un trabajador. 

Una de las ventajas más importantes de la nueva modalidad de aseguramiento para trabajadores independientes, conocida como modalidad 10, es que puede optarse en cualquier momento.  No está sujeta a un periodo restringido a partir de la última baja del trabajador en el seguro social.

Así, si estás pensando en ejercer por tu cuenta como profesional independiente te conviene tener en cuenta esta nueva modalidad de aseguramiento para conservar e incrementar tus derechos de pensión.  Puedes conocer más información directamente en el sitio del seguro social, aquí te comparto el enlace.

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